La ley de modernización Laboral, como el gobierno Nacional la impulsa presenta grandes controversias sociales
debido a la historia que el país fue desarrollando en los últimos 50 años.
Si bien la ley originalmente se denominaba ley de contrato de Trabajo № 20.744 sancionada en septiembre de
1974, por el entonces polémico gobierno de María Estela Martínez de Perón, sufrió modificaciones en abril de
1976, cuando el país estaba atravesado por la Dictadura cívico-militar de Rafael Videla y Emilio Massera,
centrada en el terrorismo de Estado, la persecución de opositores y la supresión de derechos constitucionales.
En este contexto sensible que el país estaba transitando, José Martínez de Hoz asumió como ministro de
Economía en abril de ese año, anunciando medidas liberales, tales como el congelamiento de salarios,
devaluación y liberación de precios. Entre las Acciones que este modelo de gobierno impulso, se llevaron acabo
la Intervención de universidades, disolución del Congreso, prohibición de partidos políticos y sindicatos.

La Junta Militar estableció un régimen de violación sistemática de derechos humanos para “reorganizar” el
país. La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744, sufrió una profunda reforma en abril de 1976. Mediante
la Ley 21.297, la dictadura militar modificó o suprimió aproximadamente un tercio de su articulado (alrededor
de 125 artículos), eliminando derechos clave para los trabajadores.

Principales modificaciones de 1976:
Eliminación del principio de irrenunciabilidad: Se flexibilizaron los mecanismos por los cuales un
trabajador podía “ceder” derechos adquiridos.
Reducción de la responsabilidad solidaria: Se limitó la responsabilidad de las empresas principales
sobre las deudas laborales de sus contratistas y subcontratistas.
Modificación del régimen de despidos: Se facilitaron las condiciones para el despido y se alteraron las
bases de cálculo de las indemnizaciones en perjuicio del empleado.
Supresión de la presunción de contrato por tiempo indeterminado: Se dio mayor apertura a formas de
contratación temporales y eventuales.
Limitación de la protección sindical: Se eliminaron cláusulas que otorgaban estabilidad y protecciones
especiales a los delegados y organizaciones gremiales.
Facultades del empleador: Se reforzó el poder de dirección y disciplina del empleador, reduciendo la
intervención judicial en la valoración de causas de despido.
Poco después, el Decreto 390/76 aprobó el Texto Ordenado de la ley, que es la estructura base que rige
actualmente, aunque muchas de las reformas de la dictadura han sido revertidas o modificadas por leyes
posteriores en democracia.
Es por esto que la nueva ley sancionada por el congreso Nacional durante el actual gobierno de Javier Milei,
representa para muchos sectores de la sociedad una regresión a modelos estructurales y de años de lucha por
derechos adquiridos
Puntos Clave de la Reforma “Ley de Modernización Laboral”
El proyecto introduce modificaciones estructurales en la Ley de Contrato de Trabajo y otros regímenes:
Fondo de Cese Laboral: Se crea un mecanismo optativo inspirado en el modelo de la construcción. Los
empleadores realizarán aportes obligatorios a cuentas específicas e inembargables para cubrir futuras
indemnizaciones.
Cálculo de Indemnizaciones: Al calcular el monto, se excluirán conceptos como el aguinaldo (SAC),
vacaciones, premios, propinas o bonos.
Jornada Laboral: Se permite extender la jornada diaria de 8 hasta 12 horas, siempre que se respete un
descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
Salario Dinámico: Se introduce esta noción basada en la productividad o el mérito personal del
trabajador.
Período de Prueba: Ampliación del plazo de prueba para nuevos contratos (generalmente extendido a 6
meses o más según el tamaño de la empresa).
Trabajadores Autónomos: Se reconoce legalmente a los trabajadores de plataformas digitales como
autónomos, lo que implica que no percibirán aguinaldo, vacaciones ni indemnizaciones bajo el régimen
común.
Simplificación Registral: Procedimientos electrónicos más ágiles para registrar empleados, buscando
reducir la informalidad.
Cambios de Último Momento
Para asegurar el apoyo legislativo, el Gobierno realizó concesiones, como la eliminación del artículo sobre
licencias médicas que pretendía modificar el pago por accidentes o enfermedades ajenas al trabajo. Asimismo,
se han ajustado puntos relativos a la cuota sindical y límites al derecho de huelga para obtener el consenso de
sectores gremiales y aliados políticos
Posición Gremial
La respuesta de las centrales obreras ha sido de rechazo frontal, calificando las medidas como una “regresión
histórica” de derechos.
CGT (Confederación General del Trabajo): Ha liderado la resistencia con paros generales y
movilizaciones masivas, incluyendo una jornada nacional de protesta el 19 de febrero de 2026 con alto
nivel de acatamiento. Denuncian que la reforma busca “pulverizar la justicia social” y debilitar la
capacidad de negociación colectiva.
Gremios de base y otros sectores: Sindicatos como ATE, UOM, y gremios de transporte han adherido a
las medidas de fuerza, advirtiendo sobre la precarización y la pérdida de beneficios conquistados.
Conflictividad: Las protestas han derivado en incidentes y detenciones en las inmediaciones del
Congreso, reflejando el clima de confrontación social ante la implementación de estas leyes.
A pesar de que el gobierno atenuó algunos puntos que afectaban directamente la caja de los sindicatos (como
la cuota solidaria), la CGT mantiene su postura de lucha contra la flexibilización
Impacto en el empleo
Según datos oficiales, el mercado laboral ha mostrado una pérdida acumulada de aproximadamente 180,000
empleos privados registrados desde fines de 2023. No obstante, el gobierno sostiene que esta reforma
permitirá recuperar el poder adquisitivo y generar nuevos puestos de trabajo de manera gradual al brindar
mayor seguridad jurídica a las empresas
La reforma laboral en Argentina, impulsada a través de la Ley Bases (N° 27.742) y sus actualizaciones en 2026,
ha generado un impacto significativo en el régimen de licencias, especialmente en las de maternidad y las
médicas por enfermedad.
A continuación, se detallan los puntos clave de este impacto:
Licencia por Maternidad
La reforma flexibilizó la distribución de los 90 días de licencia obligatoria para personas gestantes:
Distribución flexible: Ahora las trabajadoras pueden optar por reducir la licencia previa al parto a tan
solo 10 días, pudiendo trasladar el resto (80 días) para después del nacimiento. Anteriormente: El límite
mínimo previo al parto era de 30 días.
Objetivo: Brindar mayor autonomía a la mujer para decidir cómo distribuir su tiempo con el recién
nacido.
Licencias Médicas por Enfermedad (En Debate 2026)
Este ha sido el punto más polémico. El proyecto original incluía un Artículo 44 que buscaba modificar
drásticamente el pago de las licencias por accidentes o enfermedades inculpables (no laborales).
Propuesta original: El trabajador percibiría solo el 50% del salario básico durante los primeros meses (3
meses si no tiene cargas familiares, o 6 meses si las tiene).
Estado actual: Ante la presión de bloques aliados y críticas por la pérdida de derechos, el Gobierno
confirmó la eliminación de este artículo en febrero de 2026. Se mantiene el régimen previo que garantiza
el pago completo del salario durante estos períodos según la antigüedad.
Licencia por Vacaciones
La reforma también introdujo cambios en la organización del descanso anual:
Período de goce: El empleador debe conceder las vacaciones entre el 1° de octubre y el 30 de abril del
año siguiente.
Acuerdos: Se permite que las partes (empleado y empleador) acuerden de mutuo derecho el goce de las
vacaciones fuera de dicho período establecido por ley.
Licencia por Paternidad
A pesar de las demandas de diversos sectores por una extensión de los días de cuidado para el progenitor no
gestante, la reforma no modificó las licencias por paternidad, que se mantienen como una de las más bajas de
la región (solo 2 días por ley).
La reforma laboral en Argentina, impulsada por el gobierno de Javier Milei e integrada en la Ley Bases 27.742,
ha generado un intenso debate político y social. A continuación, se detallan los pros y contras desde una
perspectiva de análisis político.
Pros (Argumentos a favor de la modernización)
Los defensores de la reforma, principalmente el oficialismo y sectores empresariales, sostienen que estas
medidas son necesarias para “modernizar” un sistema de hace 50 años.
Fomento de la formalización: Se busca que la simplificación del registro laboral incentive a las empresas
a blanquear a los trabajadores que hoy están en la informalidad (casi el 50% del mercado).
Reducción de la litigiosidad: Al eliminar multas por empleo no registrado y establecer mecanismos de
indemnización más claros (como el Fondo de Cese Laboral), se pretende terminar con la denominada
“industria del juicio”.
Seguridad jurídica para la inversión: La creación de reglas claras y previsibles en los costos de despido
busca atraer inversiones extranjeras y nacionales.
Flexibilidad en la contratación: Se amplía el período de prueba (de 3 a 6 meses, y hasta 8 o 12 en
empresas pequeñas) para facilitar que las PyMEs incorporen personal sin riesgo inmediato.
Contras (Argumentos sobre la precarización)
Sindicatos, partidos de oposición y organizaciones sociales advierten que la reforma es “regresiva” y vulnera
derechos constitucionales.
Pérdida de derechos adquiridos: La figura del colaborador independiente permite que una persona
trabaje con hasta tres colaboradores sin relación de dependencia, lo que críticos señalan como una vía
para el fraude laboral y la pérdida de beneficios como aguinaldo y vacaciones pagas.
Desprotección ante el despido: La eliminación de indemnizaciones agravadas por falta de registro
laboral quita incentivos al empleador para cumplir con la ley y reduce la compensación económica del
trabajador.
Debilitamiento sindical: La eliminación de la “ultraactividad” (que los convenios se mantengan vigentes si
no hay acuerdo nuevo) y las restricciones al derecho de huelga (como el descuento por días no
trabajados) debilitan el poder de negociación de los gremios.
Inestabilidad en el sector público: Los trabajadores de planta permanente pueden quedar en
disponibilidad por 12 meses antes de ser desvinculados si su cargo se considera redundante.
Análisis Político
El tratamiento de esta reforma ha evidenciado una fuerte polarización:
Tensión Institucional: La reforma fue aprobada en un contexto de alta conflictividad, incluyendo paros
generales de la CGT y cuestionamientos sobre la falta de debate profundo en comisiones parlamentarias.
Cambio de Paradigma: Políticamente, representa un giro desde un modelo proteccionista hacia uno de
libre mercado, donde el Estado delega en las partes (empleador y empleado) la negociación de las
condiciones de salida laboral.
Desafío Judicial: Se prevé una alta judicialización futura, ya que diversos sectores consideran que varios
artículos son inconstitucionales por afectar el principio de progresividad de los derechos laborales.
Si analizamos la historia completa de las leyes laborales en Argentina, podemos comprender porque trae tantas
controversias y opiniones cruzadas, por un lado están los empresarios que se benefician con esta nueva
reforma, los que ya han sido beneficiados en el corto periodo de gobierno libertario con reducción de impuestos,
subsidios, etc. y por otro tenemos a los trabajadores que perciben que este “nuevo” modelo laboral es de
precarización y retroceso, donde las similitudes políticas ya implementadas hace varias décadas atrás, violenta
los derechos constitucionales.

NOTA: LEB
